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Importación con aduana (DUA)

Las importaciones son las adquisiciones de bienes que forman parte del comercio internacional a países considerados como terceros, es decir, aquellos países que están fuera del territorio del sistema común del IVA, también están incluidos como importaciones las adquisiciones que vienen de Canarias, Ceuta y Melilla. Los bienes que entran en nuestro territorio por esta vía son gravados en la aduana.

La particularidad que tienen las importaciones es que no registra el IVA a través del cargo en la factura del proveedor, sino que se abona en la aduana al tiempo de solicitar el despacho.

El IVA normalmente lo paga el agente de aduanas o transitario por cuenta del importador, a quien se le carga junto con los derechos del arancel, sus propios honorarios y el IVA correspondiente a estos.

Con lo que cuando hay una importación recibiremos tres documentos:

  • Factura del proveedor: esta factura de compra nos vendrá sin IVA.
  • Factura del agente de aduanas: el agente nos va a cobrar por sus servicios unos honorarios, los derechos arancelarios y el IVA correspondiente a la importación. Los conceptos que suelen venir en su factura serán:
    • Honorarios servicios prestados
    • Derechos arancelarios (dependiendo de la importación)
    • IVA de la importación
    • IVA de los derechos arancelarios
    • IVA de los honorarios del agente
  • Documento Único Administrativo (DUA): es el documento por el que el agente de aduanas abona al Estado el IVA soportado.



Ejemplo de importación

Compramos a una empresa de EEUU mercancía por un importe de 303,00$, esta mercancía debe pasar por la Aduana, con lo que contratamos a un agente de aduanas para el paso de la mercancía y recibimos la siguiente documentación: una factura del proveedor, una factura del agente de aduanas y la factura de aduana (DUA).


Factura del proveedor

La factura del proveedor que recibimos es de 303,00 $.


En la aplicación registraremos la nota de compra y factura correspondiente a la importación de la siguiente manera:


Este sería el albarán de la mercancía y sólo habría que registrar la factura, teniendo en cuenta que debemos tener creado un tratamiento de impuesto para «Importación». Para más información consulte la documentación de Tratamientos de impuestos y si dispone de la contabilidad de Aliquo consulte Tratamiento de impuestos para España.


Factura del agente de aduana

Los conceptos de la factura del Agente de Aduana serían: honorarios por la operación, los derechos arancelarios y el IVA de la mercancía. El IVA que aparece en la factura es el de los honorarios por la operación, ya que los otros dos conceptos serían exentos al considerarse suplidos.


En la aplicación registraremos la nota de compra y factura de la siguiente manera:

Este sería el albarán con los conceptos y sólo habría que registrar la factura. En este caso hemos creado artículos no inventariables, un artículo para los honorarios del Agente de Aduana y otro artículo para los suplidos correspondientes a los otros dos conceptos que aparecen, en ambos artículos habría que indicar las cuentas correspondientes a los conceptos.


Otra forma de registrarlo sería hacer una factura de servicios correspondiente a los honorarios y en otros importes utilizar un código para suplidos, indicando en el nombre de otros importes el concepto «Derechos Arancelarios» y el «IVA de la importación» que están exentos de IVA.


Factura de aduana

Esta factura nos la tiene que proporcionar el agente de aduana.



En la aplicación registraremos la factura de aduana como una factura de servicios usando un medio de pago específico para liquidar suplidos, ya que realmente debemos el importe de la aduana al Agente de Aduanas, con lo que esta factura no estaría pendiente de pago.

En la pestaña de Información fiscal se deber usar la opción Editar para incluir el nombre, país y NIF del proveedor correspondiente a la factura de importación.

En la factura utilizaremos un tratamiento de impuesto para «Importación DUA». Para más información consulte la documentación de Tratamientos de impuestos y si dispone de la contabilidad de Aliquo consulte Tratamiento de impuestos para España.


Una vez registrada la factura, se unificarán las bases imponibles de tipo EXENTO como se puede ver en la siguiente imagen:



Realizando estos pasos, habríamos completado el registro en la aplicación de todos los documentos y facturas derivadas de una importación con aduana.


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